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    La prevención... el aliado de una sociedad saludable !

    La Ley Orgánica de Drogas, bajo Decreto Nº 6.776, Reglamento Parcial de la LOCTICSEP sobre los aportes previstos en sus Artículos 96 y 97. Publicado en G.O. 39.211 del 01/07/2009, resume lo siguiente:

    "El equivalente al uno por ciento (1%) de la ganancia o utilidad en operaciones del ejercicio de las personas jurídicas privadas, consorcios y entes públicos con fines empresariales, que ocupen cincuenta trabajadores o trabajadoras o más, será el aporte que dichas empresas o entes públicos, deberán liquidar al Fondo Nacional Antidrogas dentro de los sesenta días continuos contados a partir del cierre del ejercicio fiscal respectivo."

    Un noventa por ciento (90%) será destinado para la ejecución de planes, programas y proyectos relacionados con la creación, construcción, restauración, mantenimiento y funcionamiento de centros de tratamiento de adicciones, así como para apoyar planes, programas y proyectos de prevención integral elaborados por el Ejecutivo Nacional; y un diez por ciento (10%) será destinado a los costos operativos del Fondo Nacional Antidrogas.

    Por eso TEKHNOLOGOS, C.A.,consciente de las necesidades de sus clientes, ofrece apoyo y asistencia técnica para empresas obligadas al cumplimiento de lo establecido en La Ley Orgánica de Drogas (L.O.D. ó FONA).